PLAN REVIVE
Concesión de ayudas directas dirigidas a los jóvenes riojanos para la compra, rehabilitación o autopromoción de vivienda en el medio rural.

¿A quién va dirigido?
A jóvenes de hasta 45 años incluidos en el momento de solicitar la ayuda.
¿Qué actuaciones son subvencionables?
La compra, la rehabilitación o la autopromoción de vivienda habitual y permanente en el medio rural.
¿En qué municipios puede estar la vivienda?
En aquellos cuya población sea igual o inferior a 5.000 habitantes.
¿Cuánto cubre la ayuda?
En función del número de habitantes del municipio donde se ubique la vivienda:
¿A quién va dirigido?
- A jóvenes de hasta 45 años incluidos en el momento de solicitar la ayuda.
¿Qué actuaciones son subvencionables?
- La compra, la rehabilitación o la autopromoción de vivienda habitual y permanente en el medio rural.
¿En qué municipios puede estar la vivienda?
- En aquellos cuya población sea igual o inferior a 5.000 habitantes.
¿Cuánto cubre la ayuda?
En función del número de habitantes del municipio donde se ubique la vivienda:
Tabla con la cuantía de las ayudas
Habitantes (Nº) | Ayuda máxima (%) | Ayuda máxima (€) |
---|---|---|
Hasta 500 | 40 | 40.000 |
De 501 a 2.000 | 30 | 30.000 |
De 2.000 a 5.000 | 20 | 20.000 |
El precio de compra, rehabilitación o autopromoción podrá ser de hasta 180.000 euros, sin impuestos.
¿Qué requisitos se necesitan?
- Tener unos ingresos iguales o inferiores a 6 veces el IPREM.
- Tener nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación.
- Contar con la autorización de estancia o residencia en España en el caso de extranjeros no comunitarios.
- Ser propietario de la vivienda o el terreno al solicitar la ayuda en las modalidades de rehabilitación o autopromoción.
- Estar empadronado en el municipio donde se ubique la vivienda en un plazo no superior a tres meses tras la adquisición de la vivienda, la obtención de la cédula de habitabilidad o la certificación final de obra.
¿Cuándo se pueden solicitar las ayudas?
- Operaciones iniciadas entre el 1 de enero de 2024 y el 9 de mayo de 2024
- Para ayudas a la compra, la rehabilitación o la autopromoción: durante todo 2024.
Operaciones iniciadas entre el 10 de mayo de 2024 y el 1 de junio de 2027
- Para ayudas a la compra: antes de la firma del contrato de compraventa o en el plazo máximo de un mes desde la misma.
- Para ayudas a la rehabilitación o la autopromoción: antes del inicio de las obras.
¿Cuándo se abona la ayuda?
- Después de presentar la documentación justificativa de la compra o de la finalización de las obras de rehabilitación o autopromoción.
¿Cómo se puede solicitar la ayuda?
- Cumplimentando el modelo formalizado disponible en la Dirección General de Urbanismo y Vivienda (calle Marqués de Murrieta, Nº 76, de Logroño), el Servicio de Atención al Ciudadano o la sede electrónica del Gobierno de La Rioja.
¿Dónde se puede encontrar más información?
- En los teléfonos 941294180 (ayudas a la compra) y 941294181 (ayudas a la rehabilitación y la autopromoción), así como en la página web larioja.org/planrevive
Plazo de presentación:
Desde el día 10 de mayo 2024 hasta 1 de junio de 2027
Procedimientos Plan Revive:
Pulsa aquí para procedimiento a seguir en la Compra
Pulsa aquí para procedimiento a seguir en la Rehabilitación
Pulsa aquí para procedimiento a seguir en la Autopromoción
PROGRAMA HABITA RIOJA
Alquiler entre particulares garantizado

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROGRAMA
La finalidad del programa es facilitar el acceso a una vivienda digna y adecuada en alquiler en condiciones económicas más favorables para los arrendatarios, ofreciendo a su vez a los propietarios garantías adicionales para el cobro de la renta y el cuidado y conservación de la vivienda.
¿QUIÉN GESTIONA EL PROGRAMA?
El Instituto de la Vivienda de La Rioja (IRVI) gestiona el Programa de alquiler Habita Rioja del Gobierno de La Rioja.
Es un servicio público y gratuito, prestado por profesionales cualificados que cuentan con gran experiencia en el alquiler de viviendas.
¿QUIENES PUEDEN OFRECER SU VIVIENDA PARA ALQUILAR?
Las personas físicas, jurídicas y las administraciones públicas pueden alquilar sus viviendas a través de este Programa con arreglo a las condiciones y requisitos que se indican en el mismo y se exponen a continuación en los apartados siguientes.
Los contratos de alquiler de viviendas propiedad de personas físicas, jurídicas y administraciones públicas cedidas al IRVI, en las que por ello IRVI intervenga como arrendador, se sujetarán a condiciones especiales que se establezcan y que se incorporarán a este programa una vez aprobadas mediante anexo.
¿QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIR LAS VIVIENDAS?
Las condiciones mínimas de habitabilidad exigidas reglamentariamente y estar en condiciones de ser alquiladas.
Pueden ser viviendas libres o protegidas.
Para acceder a toda la información, aquí
Formas de contacto IRVI
PROGRAMA AVALA RIOJA
Tiene por objetivo regular el procedimiento para la concesión de avales a personas físicas mayores de edad y menores de 35años, en las operaciones de préstamo superiores al 80%, que realicen para la adquisición de su primera vivienda habitual. El aval tendrá como límite el 20% del valor de referencia del artículo 2.2.
Tiene por finalidad favorecer, en la Comunidad Autónoma de La Rioja, el acceso de los jóvenes a la primera vivienda habitual y permanente en régimen de propiedad, en cuanto que con esta línea de garantías se trata de ofrecer una cobertura parcial del préstamo hipotecario inicialmente concedido para la adquisición de la vivienda por la entidad financiera.

REQUISITOS
Se podrán acoger a esta línea de garantías las personas físicas que vayan a acceder a su primera vivienda en propiedad con la suscripción de préstamo con garantía hipotecaria y reúnan los requisitos siguientes:
- Que posean la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o cuenten con residencia legal en España si se tratara de personas extranjeras provenientes de países terceros (fuera de la UE).
- Que tengan una edad inferior a 35 años en el momento de solicitar la financiación. En caso de más de una persona solicitante, este requisito se entiende cumplido con que al menos uno de ellos sea menor de 35 años.
- Que la vivienda a la que se accede sea su primera vivienda en propiedad y esté situada en la Comunidad Autónoma de La Rioja y se destine a domicilio habitual y permanente de las personas solicitantes como mínimo, durante todo el periodo en el que esté vigente la garantía, salvo causa justificada.
- Que el precio de adquisición de la vivienda a la que se accede o de ejecución material en caso de autopromoción, no exceda de tres cientos mil euros (300.000euros), excluidos impuestos o tasas que graven la operación.
- No podrán acogerse a la Línea AvaLa quienes ya sean propietarios de otra vivienda, se exceptuará este requisito en los siguientes casos:
- Que el derecho recaiga únicamente sobre una parte alícuota de la vivienda y se haya obtenido por herencia, transmisión mortiscausa o intervivos a título gratuito.
- No disponibilidad de la vivienda por causa de separación o divorcio, situaciones catastróficas o situaciones de violencia de género o amenaza o condición de víctima de terrorismo, o cualquier otra causa ajena a su voluntad que deberá acreditarse.
- Que la vivienda resulta inaccesible para las personas solicitantes o algún miembro de la unidad de convivencia
por situaciones sobrevenidas de dependencia o discapacidad, con un grado de discapacidad reconocido oficialmente igual o superior al 33 por ciento (33%).
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
La solicitud de certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en este Decreto para el acceso a la línea de garantías, deberá presentarse por las personas interesadas en el IRVI, mediante el formulario normalizado de solicitud disponible en la web https://www.irvi.es o en la sede de su domicilio oficial ubicado en la calle General Urrutia número10-12 bajo, 26006 Logroño, en el modelo normalizado que figura en el Anexo I de este Decreto , acompañada de la correspondiente documentación.
El plazo de presentación de las solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de este Decreto en el Boletín Oficial de La Rioja y permanecerá abierto hasta el 30 de diciembre de 2028, excepto que con anterioridad se haya agotado el importe destinado a la línea de garantías AvaLa Rioja
Más información, aquí
Servicios personalizados del IRVI
Si has encontrado un piso en alquiler y no sabes cómo formalizar el contrato, el Instituto Riojano de la Vivienda os ofrece a ti y al propietario/a, soporte legal para dar el último paso.
También, en casos de ejecuciones hipotecarias o desahucios de alquiler de la vivienda habitual, dispone de un servicio de acompañamiento y mediación integral.
No dudes en informarte y contactar con el IRVI, si lo necesitas.
