Beca para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea

REQUISITOS:

1. Las personas solicitantes de esta beca deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
  • Estar empadronada en un municipio situado en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Este requisito no se exigirá: a) Si la persona solicitante hubiera obtenido el título considerado en el apartado 1.c. de este mismo artículo en la Universidad de La Rioja. b) Si la persona solicitante se hallara inscrito en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero con provincia de referencia La Rioja. c) Si la persona solicitante fuera socia de un Centro Riojano, en el momento de publicación de esta orden y se acredite tal extremo mediante certificado expedido por el secretario del Centro Riojano con el Visto bueno del Presidente.
  • Estar en posesión del título de Licenciatura, Ingeniería o Grado, habiéndolo obtenido en los últimos 5 años anteriores a contar desde el momento de la publicación de la convocatoria, siempre que la duración de la titulación haya sido igual o superior a 4 años o que el plan de estudios tuviera al menos 240 Créditos. También podrán concurrir quienes hubieran obtenido el título de Doctorado o Máster Universitario en los últimos dos años. Los títulos oficiales de educación superior cursados en universidades o instituciones de educación superior ubicadas en el extranjero o de títulos extranjeros de educación superior cuyas enseñanzas hayan sido cursadas total o parcialmente en España en centros debidamente autorizados por las administraciones españolas competentes deberán estar homologados por el ministerio español competente en materia de educación.
  • Acreditar un nivel de conocimiento de inglés o francés de, al menos, un C1.
  • No haber disfrutado ni estar disfrutando de ninguna otra beca para una finalidad similar convocada por organismos o entidades de carácter público o privado.
    Estar en situación de desempleo en el momento de presentar la solicitud y en el momento de inicio de la beca.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
  • No hallarse incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones

Duración y lugar de realización de las prácticas

Las becas tendrán una duración máxima de doce meses ininterrumpidos, contados desde la incorporación de la persona becaria.

Los lugares de realización de las prácticas serán la sede de la Dirección General competente en materia de Unión Europea , en Logroño y Bruselas

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 17 de julio de 2024)

El plazo comienza el 18 de julio y finaliza el 18 de agosto de 2024, ambos incluidos. 

Para acceder a toda la información, pulsa aquí

Becas de colaboración en Departamentos Universitarios 2024-2025

Información
Extracto de la Resolución de 25 de mayo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan 2.431 Becas de Colaboración en Departamentos universitarios para el curso académico 2024-2025.

Se convocan en régimen de concurrencia competitiva 2.431 becas que se destinan a facilitar la colaboración de los estudiantes universitarios en los departamentos universitarios, en régimen de compatibilidad con sus estudios, con el fin de iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.

BENEFICIARIOS:

  • Estudiantes de Grado:

Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de Grado que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:

  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster oficial.
  • Estar matriculado en el curso 2024-2025 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios de Grado y haber superado el 75 por ciento de la carga lectiva de su titulación.
  • Haber obtenido como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
    • 7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas      Técnicas
    • 7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas
    • 7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud.
    • 8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades.
  • En los supuestos de estudiantes que estén cursando los denominados dobles grados, solo serán tenidos en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación por la que opte a la beca de colaboración.

Estudiantes de Máster:

Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de primer curso de Másteres oficiales que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:

  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor.
  • No tener superados todos los créditos a excepción del trabajo fin de máster de un Máster diferente de aquél para el que se solicita la beca.
  • Estar matriculado en el curso 2024-2025 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
  • Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al Máster la nota media establecida en el apartado anterior (estudiantes de Grado), en función de la rama de conocimiento de procedencia.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Desde el 11 de junio de 2024, hasta el 17 de septiembre de 2024.

Convoca
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

Requisitos
Estudiantes matriculados en últimos cursos de Grado o en Máster.

Para más información, pulsa aquí
Extracto de la convocatoria BOE, aquí

Becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo

Se convocan para el curso 2024-2025 las siguientes ayudas individualizadas:

a) Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad), que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales.

También podrá ser beneficiario de ayudas directas el alumnado con Trastorno del espectro autista (TEA) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas.

b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales para familias numerosas.

También podrán ser beneficiarios de estos subsidios los alumnos con TEA, pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior.

c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje.

También podrá ser beneficiario de este subsidio el alumnado con TEA no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas y el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Beneficiarios

A) Los alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de
discapacidad, trastornos graves de conducta, o trastornos graves de la comunicación y
del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales podrán obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a), b) y d) del artículo 1, para lo que deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2023. Excepcionalmente,
podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos
correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.

2. Estar escolarizados en un centro específico, en una unidad de educación especial de un centro ordinario o en un centro ordinario que haya sido autorizado de forma definitiva para escolarizar alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
3. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
a) Educación Infantil.
b) Educación Primaria.
c) Educación Secundaria Obligatoria.
d) Bachillerato.
e) Ciclos formativos de grado medio y superior.
f) Enseñanzas artísticas profesionales.
g) Ciclos Formativos de Grado Básico.
h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
i) Otros programas formativos de formación profesional a los que se refiere la
sección 3.ª del capítulo IV del título I del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, si
se cumplen los requisitos de los artículos 33.2 y, en el caso de los ciclos
formativos de Grado Básico, del artículo 89.2.c) del mismo.
4. Acreditar la necesidad específica de apoyo educativo mediante:
 Certificado de discapacidad de, al menos, el 25 por ciento en el caso de alumnos con
discapacidad.
 Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto
de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad
autónoma o certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o
del departamento de orientación dependientes de la administración educativa
correspondiente, en el caso de alumnos con trastornos graves de conducta o
trastornos graves la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades
educativas especiales.

Plazo de presentación de solicitudes
Desde el 30 de abril de 2024 hasta el 13 de septiembre de 2024 

Para acceder a más información, pulsa aquí

Convocatoria de movilidad individual de artistas y profesionales de la cultura

La segunda convocatoria de movilidad individual de Culture Moves Europe está dirigida a artistas y profesionales de la cultura que trabajan en los siguientes sectores: música, literatura, arquitectura, patrimonio cultural, diseño y diseño de moda, artes visuales y artes escénicas.

¿Qué proyectos se apoyan?
Los artistas y profesionales de la cultura pueden presentar una propuesta para realizar un proyecto con un socio de su elección en un país de Europa Creativa que no sea su país de residencia.

El proyecto debe perseguir dos de los siguientes objetivos:

  • Explorar: realizar investigaciones creativas y artísticas, investigar, inspirar y trabajar sobre un tema específico o un nuevo concepto.
  • Crear: participar en un proceso creativo que busca producir una nueva obra artística/cultural.
  • Aprender: mejorar las competencias y habilidades de los participantes a través del aprendizaje no formal o la colaboración con un especialista.
  • Conectar: ​​desarrollar una red profesional, fortalecer el desarrollo profesional de los participantes, interactuar con nuevas audiencias.

El socio puede ser, por ejemplo, un colega artista, una organización o un lugar en el país de destino. Los solicitantes deberán acreditar su colaboración en el proceso de solicitud.

Es posible postularse de forma individual o en grupo de hasta cinco personas.

Los proyectos pueden durar:

  • de 7 a 60 días para particulares
  • de 7 a 21 días para grupos

La duración del proyecto corresponde al número de días pasados ​​en el país de destino para implementar el proyecto. El tiempo de viaje no se tiene en cuenta para el cálculo de la subvención.

¿Qué ofrece la subvención?
La beca se compone de una dieta de viaje , una dieta diaria y complementos individuales

El cálculo de las subvenciones se realiza específicamente para cada becario, en función de su proyecto y situación personal.

Subsidio diario
75€ por persona y día. Es una contribución para alojamiento, alimentación, alquiler de equipos, transporte local, etc.

Los gastos de viaje
Distancia recorrida inferior a 5.000 km: 350 euros por persona, ida y vuelta.

Distancia recorrida superior a 5.000 km: 700 € por persona ida y vuelta.

Para distancias cortas inferiores a 600 km, viajar en avión sólo está permitido en casos excepcionales y bien justificados.

Cronograma y proceso de solicitud

La acción de movilidad individual de Culture Moves Europe abre tres convocatorias continuas entre octubre de 2022 y enero de 2025.

Tercera convocatoria: de Otoño 2024 a Invierno 2024

La convocatoria de movilidad individual es continua, lo que significa que las solicitudes se evalúan y se conceden las subvenciones cada mes.

Según la experiencia previa, muchas personas esperan hasta el último plazo para presentar sus solicitudes, lo que genera una mayor competencia. Por lo tanto, se recomienda enviar solicitudes en fechas límite más tempranas.

Para acceder a toda la información, pulsa aquí

ERASMUS PARA JÓVENES EMPRENDEDORES

Si tienes más de 18 años, mentalidad emprendedora y estás pensando en crear tu propia empresa o la has creado en los últimos tres años, tienes la oportunidad de solicitar una plaza para participar en el programa europeo Erasmus para Jóvenes Emprendedores.

Es un programa de intercambios transnacionales parcialmente financiado por la Comisión Europea. Ofrece a los emprendedores más jóvenes la oportunidad de aprender de primera mano de empresarios experimentados que dirigen pequeñas empresas en otros países.

A través de estas estancias de entre uno y seis meses de duración, los jóvenes emprendedores adquieren las habilidades necesarias para crear y dirigir con éxito una pequeña o mediana empresa (PYME) en Europa.

¿QUIÉN PUEDE PARTICIPAR?

  • Ser residente permanentes en uno de los 37 países que participan en el programa, incluido España.
  • Es necesario tener un proyecto o una idea de negocio concreto plasmado en un plan de negocio viable.
  • Se requiere estar motivado y comprometerse a colaborar con un empresario experimentado de otro país participante durante la estancia.
  •  Estar dispuesto a contribuir al desarrollo del negocio del empresario de acogida y a poner a su disposición sus habilidades y competencias.
  • Estar dispuesto a aportar el importe necesario para completar la subvención que ofrece el programa para cubrir los gastos de la propia estancia en el extranjero.

Más información aquí

Ayudas administrativas a las familias

Enlaces de interés del Gobierno de La Rioja

Aquí puedes conocer los distintos recursos que el Gobierno de La Rioja ofrece en el área de Igualdad en diferentes ámbitos: Educación, Conciliación, Trabajo, Salud, Participación, Violencia de Género.

Así como dos Guías de Lenguaje no Sexista, para comunicar de manera inclusiva:

  • La Guía que publicó en septiembre de 2020 Dirección General de Igualdad del Gobierno de La Rioja.
  • El Boletín «Miradas», del Centro de Documentación y Biblioteca de la Mujer (CDM) de la Dirección General de Igualdad.

 

Y los servicios que ofrece el Centro Asesor de la Mujer, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública del Gobierno de La Rioja, especializado en la atención a mujeres, a quienes se les presta una intervención integral por medio de un equipo multidisciplinar profesional.

Ayudas económicas para paliar situaciones de riesgo de desprotección infantil

Las personas beneficiarias de estas ayudas son los padres o tutores legales de los menores a los que se haya declarado en situación de riesgo.

Serán perceptores de las ayudas los centros o profesionales a los que acudan estos menores.

El procedimiento presenta un plazo continuo de convocatoria. Consulta a continuación los requisitos y documentos que deben acompañar a la solicitud.

Ayudas estatales

Complemento de Ayuda para la infancia

Se trata de un complemento mensual por cada menor de la unidad de convivencia, que varía según la edad del niño/a:

  • Menores de 3 años: 100 euros / mes.
  • Mayores de 3 años y menores de 6 años: 70 euros / mes.
  • Mayores de 6 años y menores de 18 años: 50 euros / mes.

Para poder beneficiarse de este complemento, la unidad de convivencia no debe superar el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecidos para el IMV (Ingreso Mínimo Vital).

Además, no debe superar 6 veces la renta garantizada de una persona adulta, o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia según lo establecido en el Anexo III de la Ley 19/2021 (Test de activos).

Puedes comprobar si tienes derecho a recibirlo con este simulador y leer toda la información en la Guía correspondiente.

Podrás encontrar el resto de ayudas estatales (prestaciones económicas por nacimiento de hijos/as, permisos de paternidad o maternidad…) en la página web de Gobierno de La Rioja.

Tarjetas de transporte urbano

Estas tarjetas de transporte ofrecen descuentos en el transporte público a diferentes colectivos: menores de edad, familias numerosas o estudiantes.

Pueden solicitarse una vez que comienza cada curso escolar, normalmente entre septiembre y diciembre.